Tasa de Interés:
Tasa de interés ordinaria
Los intereses ordinarios se generarán a partir de la fecha de depósito de la cantidad señalada en la cláusula primera y hasta la liquidación total del crédito y serán exigidos únicamente por periodos vencidos.
Tasa de interés moratoria
Establece como monto máximo para el cálculo de Intereses Moratorios el equivalente a 11 (once) días naturales de atraso, los cuales se contarán a partir del primer día en que haya incumplido con el plazo de pago establecido en el contrato. Dichos intereses serán exigidos únicamente por el tiempo en el que el crédito haya permanecido en mora.